OBAMACARE _ Protecciones al Consumidor
Ley Protección al Paciente y Cuidado de Salud Asequible
Publicado por Ramón de Jesús Hernández. Fuente: Website Mercado de Seguros
Protecciones al Consumidor
PROTECCIONES AL CONSUMIDOR importante en la Ley de Asistencia
Asequible. La Ley de Asistencia Asequible incluye varias disposiciones
diseñadas para ayudar a garantizar que los consumidores tengan acceso a una
cobertura eficaz de atención de la salud y para limitar sus costos.
Disposiciones clave que usted necesita
entender a fin de servir mejor a los consumidores incluyen:
Ampliación de la cobertura de seguro de salud a los niños de hasta
26 años
Expansión del requisito de "emisión garantizada" para
asegurar que los proveedores de seguros de salud ofrezcan en el mercado pólizas,
tanto en grupo como individualmente a cualquier persona elegible en un estado,
independientemente de su estado de salud
Prohibición de cobrar a los consumidores una prima más alta basada
en el estado de salud o de género
Eliminación de los límites de cobertura anuales y de por vida
Prohibición de limitaciones o exclusiones de cobertura en base a
condiciones preexistentes
Prohibición de excluir la participación de una persona calificada
en un ensayo clínico aprobado o discriminar a esa persona sobre la base de
dicha participación
Introducción de un 80/20 MLR (Medical Loss Ratio) regla que
asegura que al menos el 80 por ciento de los dólares de las primas pagadas a un
emisor de seguro de salud se gastaran en la prestación de atención de salud.
La Ley de Asistencia Asequible requiere que Los Planes de Salud
Calificados (QHPs) proporcionen ciertos servicios de salud preventivos
recomendados sin costos compartidos o requerimientos de deducibles.
Todos los QHPs deben limitar costos compartidos para las personas
inscritas en las siguientesmaneras:
Los deducibles y copagos no pueden aplicarse a los servicios de
prevención.
Los deducibles de los planes de grupos pequeños no pueden exceder
los $ 2,000 para cobertura individual o $ 4,000 para cualquier otra cobertura
(ajustado anualmente), excepto en la medida que un deducible más alto sea
necesario crear un plan de bronce o plata razonable.
Los límites anuales de costos compartidos no pueden exceder los
límites para ciertos planes de salud con deducibles altos. (Para 2014 los
límites son $ 6,350 para una persona y $ 12.700 para las familias.)
No están permitidos los límites anuales o de por vida en dólares
en EHB a partir del 1 enero de 2014.
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